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title: "El Gobierno oficializa la plataforma SUBAST.AR para privatizaciones y endurece el acceso a la salud para extranjeros no residentes"
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description: "A través de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, la administración nacional reglamentó el sistema digital para la subasta de empresas y activos del Estado, y aprobó el nuevo procedimiento que exige seguro médico o pago previo a los extranjeros sin residencia permanente en hospitales nacionales, exceptuando únicamente las emergencias médicas."
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date_published: "2026-08-12T11:24:00-03:00"
date_modified: "2026-08-12T11:28:28-03:00"
author_name: "Redacción ARG360"
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category_name: "Política"
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# El Gobierno oficializa la plataforma SUBAST.AR para privatizaciones y endurece el acceso a la salud para extranjeros no residentes

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El Gobierno nacional avanza en dos frentes de su agenda de reformas con anuncios que impactan de lleno en la gestión estatal y en el acceso a servicios públicos. Por un lado, se reglamentó el uso de la plataforma digital **[SUBAST.AR](https://subast.ar/)** para canalizar todas las subastas de privatizaciones de empresas y activos del Estado. Por otro, el Ministerio de Salud oficializó el cobro de la atención médica no urgente a los extranjeros no residentes en los hospitales nacionales.

**Privatizaciones por subasta electrónica**

Mediante la **Disposición N° 52/2026** de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC), publicada el 29 de julio en el Boletín Oficial, se estableció el procedimiento de inscripción y validación para todos los interesados en participar de las subastas públicas de privatización. La norma determina que todos los procesos de remate para la venta de activos, acciones o establecimientos productivos se realizarán de forma electrónica a través del sistema **[SUBAST.AR](https://subast.ar/)**.

El nuevo esquema exige a los potenciales oferentes una **inscripción previa en el módulo "Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696"**, disponible en la plataforma [CONTRAT.AR](https://contrat.ar/). Una vez registrados y validados, podrán participar en las subastas que se convoquen en [SUBAST.AR](https://subast.ar/). Como beneficio para quienes ya operan con el Estado, los proveedores incorporados al **Sistema de Información de Proveedores (SIPRO)** que ya estén validados quedarán eximidos de declararse como oferentes nuevamente.

Esta medida busca operativizar lo dispuesto en la Ley Bases y la Ley de Reforma del Estado. Entre las operaciones más avanzadas se encuentran **Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA)** —cuyo proceso de venta del 90% de las acciones estatales ya tiene cronograma definido—, las centrales termoeléctricas General San Martín y Manuel Belgrano, y el Sistema Hidroeléctrico Los Nihuiles en Mendoza. Según el ministro de Economía, Luis Caputo, el objetivo es recaudar más de **2.000 millones de dólares** mediante la venta de activos estatales entre 2026 y 2027.

**Cambios en la atención sanitaria a extranjeros**

En el ámbito de la salud, el Ministerio de Salud de la Nación publicó la **Resolución N° 1066/2026**, que aprueba el procedimiento operativo para la atención de personas extranjeras en establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional. La medida reglamenta las modificaciones introducidas por el **Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 366/2025** a la Ley de Migraciones.

El nuevo régimen establece que los **extranjeros con residencia permanente** en el país accederán al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos. En cambio, quienes **no cuenten con residencia permanente** deberán presentar un seguro de salud válido o abonar previamente la prestación correspondiente para acceder a la atención sanitaria habitual en los hospitales nacionales.

Para los casos de **emergencia**, la atención continuará garantizada para todas las personas, cualquiera sea su situación migratoria, y no podrá ser negada ni demorada por trámites administrativos. Se consideran emergencias aquellas situaciones que impliquen un riesgo cierto e inminente para la vida o las funciones vitales.

El procedimiento detalla que, cuando el paciente cuente con un seguro de salud, el hospital deberá notificar a la aseguradora dentro de las 24 horas y emitir la factura electrónica para el recupero de los costos. En los casos sin cobertura, el hospital deberá elaborar un presupuesto y percibir el pago de la prestación antes de su realización. Una vez superada una situación de emergencia, los gastos generados en la atención subsiguiente deberán ser facturados al paciente.

La norma unifica los criterios administrativos para todos los establecimientos asistenciales dependientes del Estado nacional, con el objetivo de estandarizar los flujos financieros sin alterar la obligación de asistir de inmediato ante una urgencia médica.

Ambas medidas reflejan la orientación del Gobierno nacional hacia la **digitalización de los procesos estatales** y el **ordenamiento del gasto público**, en línea con las reformas impulsadas desde la administración de Javier Milei.

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